martes, 21 de abril de 2009

Ciudad de Chitre

La ciudad de Chitré es un lugar que cada persona que visita la República de Panamá debe visitar. Su gente es muy hospitalaria y la ciudad posee todos los servicios de las grandes ciudades tales como hoteles, restaurantes de comida nacional e internacional, bancos, tiendas para realizar sus compras, sistemas de telecomunicaciones, conexión a Internet mediante los salones de conexión publica donde puede arrendar tiempo en línea para su uso, buenos sistemas de transporte tales como buces colectivos, taxis, etc. Además es considerada como una de las ciudades más seguras del país.


El origen de esta ciudad es más reciente que el de otras ciudades del Istmo. Inicialmente era una pequeña población fundada por ciudadanos de la Villa de Los Santos, según los historiadores, que llegaron a este lugar huyendo de la injusticias de la clase alta española de aquellos tiempos. Esta ciudad pertenecía a la Alcaldía Mayor de Natá cuando se produjo la independencia de Panamá de España. Se reconoce el 19 de octubre de 1848 como la fundación del distrito del mismo nombre. Tiene una superficie de 90 kilómetros cuadrados.

Versiones del nombre de la Cabecera de la Provincia de Herrera
Existen varias versiones sobre el nombre de la Cabecera de la Provincia de Herrera:

  • Nombre de un Cacique de una tribu radicada en esta región.

  • Nombre de un famoso curandero indígena que habitaba en estos lares, paso obligado entre Natá y la Villa de Los Santos.

  • En lenguaje indígena significa "Luna". Cuando los indígenas de las tierras altas iban hacia la costa a hacer sal, en noches de luna llena; decían "TUNIKE GARICHE CHITRE".

LIMITES DEL DISTRITO DE CHITRE
El Articulo 38 del Código Administrativo dice así: "La Cabecera de la Provincia de Herrera es la ciudad de Chitré y a ella pertenecen los Distritos de Chitré, Las Minas, Los Pozos, Ocú, Parita, Pesé y Santa María. La Cabecera del Distrito es la ciudad de Chitré, y hacen parte de su comprensión geográfica y políticas los corregimientos de la Arena y Monagrillo. CHITRE, juega Papel Importante en los cambios de cabeceras en la Provincia de Los Santos:

En el año 1855, Los Santos fue la cabecera del Departamento del mismo nombre; pero con la Ley del 12 de octubre de 1856, se dispuso cambiar la cabecera al Distrito de Las Tablas. En ese tiempo Chitré no pertenecía a ese Departamento. Desde el 1 de noviembre de 1858, según la ley del 30 de septiembre de ese año, Los Santos volvió a ser la Cabecera. Dos(2) años después Chitré se incorporaba al Departamento de Herrera junto con los Distritos de Pesé, Parita, Las Minas, Ocú, Los Pozos, Macaracas, Los Santos, Las Tablas, Pocrí y Pedasí. Tomó por cabecera al Distrito de Pesé obedeciendo la ley 4 de noviembre de 1860 a la Asamblea Legislativa del Estado de Panamá, en su Articulo 5; pero como dijimos anteriormente este Departamento de Herrera duro muy poco, y en 1868 en virtud de la Ley 39 del 22 de diciembre de 1868 traslado la cabecera del que volvía llamarse Departamento de Los Santos, a Las Tablas. Este cambio fue aprobado por el Código Administrativo de 1870, (Articulo 42) en el cual redacto el Dr. Justo Arosemena.

El Distrito de Las Tablas solo retuvo la cabecera tres(3) años, pues por Ley 2 del 11 de octubre de 1873 se señalo a Los Santos como cabecera del Departamento a un que solo pudo retenerla por espacio casi de dos(2) años, ya que por la Ley 25 del 5 de diciembre de 1879 recupero Los Santos la cabecera. En 1890, la Ley 33 del 7 de noviembre estableció que el Distrito de Pesé fuera la cabecera de Los Santos. Parece que la ciudad de Los Santos acostumbrada ya disputarse la cabecera solo con la ciudad de Las Tablas, no quiso aceptar y consiguió por medio del Departamento 28 del 9 de febrero de 1900 que se le diera de nuevo la cabecera.

Este decreto fue derogado por el número 112 del 10 de agosto del mismo año y volvió Pesé a recibir la cabecera. Chitré fue testigo de ese ir y venir de la Capital de la Provincia de un lado para el otro. Indudablemente que pasaron por Chitré las bestias cargadas con los libros, códigos y demás archivos de esa legendaria región. Y fueron pasando también los pueblos para comunicarse entre sí, y Chitré crecía al impulso de un grupo de hombres que procedían de centros de población en gran desarrollo, y que, en busca de libertad para cultivar sus predios y ensanchar el radio de sus actividades de hombres luchadores, escogieron estas tierras regadas por los ríos La Villa y Parita y con salida al mar única vía de comunicación eficiente en ese tiempo. Hasta que en 1915 al crearse la Provincia de Herrera se designo a Chitré para que fuera la Cabecera de la Provincia hasta la fecha.

Chitré llega por fin, a ser cabecera de provincia, el 30 de diciembre de 1914.
Chitré abrió sus brazos a todos los que le llegaban a traerles alguna ayuda constructiva por medio del trabajo dignificante. Este es un detalle que destaca al chitréano como hombre de avanzada, laborioso, comerciante, agricultor y exquisito justo por todo lo que se encamine al bien público. Así se fue perfilando en chitré una conciencia de dominio progresivo, hasta que en 1914 la ley 30 de diciembre dividió en dos la Provincia de Azuero con la cabecera en Chitré.

Día de gran jubilo para los chitreanos que vieron entrar a Chitré en el concierto de las ciudades que merecían llevar el titulo de capitales de Provincias. Para con memorar esta fecha una de las calles de esta ciudad lleva el nombre de 30 de diciembre. La Provincia de Azuero fue efímera, pues, la ley 17 del 18 de enero de 1915 la suprimió y creo la Provincia de Herrera dejándole por cabecera Chitré. Este fue un gran estimulo para este pueblo joven, pero briosos con deseo de levantarse más y más, sosteniendo la capital de la Provincia sobre todas las cosas y recordando con orgullo en 1941 fue Chitré la cabecera de las Provincias de Herrera y Los Santos, unidas en virtud de la ley 103 del 12 de julio de 1941. Según el articulo 39 de la misma Ley, la integraban los distritos de chitré, Los Santos, Las Tablas, Tonosí, Macaracas y Ocú.

Los otros limites del distrito de Chitré en ese tiempo se encuentra en el Articulo 40 de la misma Ley que dice así: DE LA LEY 103 DEL 12 DE JULIO DE 1941 POR EL CUAL SE REFORMA EL TITULO I DEL LIBRO PRIMERO DEL CODIGO ADMINISTRATIVO. Articulo 40: Los limites del Distrito de chitré, son los siguientes:

Desde la desembocadura del Río Santa María, aguas arriba de este, hasta la desembocadura de Cañazas, el curso de este, aguas arriba hasta sus confluencias con el Conaca; el curso de, este aguas arriba, hasta su cabecera, de allí línea recta al nacimiento de la quebrada de Los Palmillos; de allí una línea recta con dirección sureste, hasta la confluencia del Río Esquillita con el Río La Villa, quedando la población de las Palmas en el distrito de Ocú, de ahí por el Río La Villa, Aguas Abajo, hasta su desembocadura en el puerto de Chitré, en el Océano Pacífico. La Cabecera del Distrito es la Población de Chitré, y a él pertenecen los corregimientos de Monagrillo, La Arena, Parita, Santa María, Pesé y Chupampa.


Danny

Author & Editor

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